El caso del Banco Master , que provocó un agujero financiero de decenas de miles de millones de reales, volvió a poner al Fondo de Garantía de Crédito ( FGC ) en el centro del debate público.
A medida que el FGC (Fondo de Garantía de Crédito) comienza a pagar a los inversores en bonos maestros, observamos que, en momentos de tensión, el FGC cumple su función: protege a los inversores, previene las corridas bancarias y preserva el funcionamiento del sistema financiero. Pero episodios como este también revelan un efecto secundario conocido : cuando existe un seguro, el riesgo tiende a subestimarse.
Este mismo dilema comienza a aparecer en el sector eléctrico brasileño con la creación del Proveedor de Último Recurso (SUI), prevista en la Ley nº 15.269, sancionada en noviembre de 2025, que modernizó el sector y abrió camino para la expansión del mercado libre de energía a consumidores cada vez más pequeños.
La ley representa un avance significativo en la organización de la apertura del mercado y la expansión de la competencia. Los pequeños consumidores, y no solo las grandes industrias, tendrán ahora la libertad de elegir a su proveedor. La promesa es positiva: mayor competencia, precios más eficientes y mayor diversidad de productos.
Pero esta transformación también conlleva un desafío estructural. Cuanto más pequeño es el consumidor, menos capaz suele ser de evaluar el riesgo financiero, la gobernanza y la solidez operativa de los agentes con los que contrata.
En el mercado energético, este riesgo no es teórico. En los últimos años, el sector ha presenciado varios casos de agentes que asumieron una exposición excesiva a los precios, fallaron en la gestión de garantías o operaron con estructuras débiles, lo que finalmente generó pérdidas multimillonarias.
En un entorno previamente limitado a los grandes consumidores, estos eventos ya generaban impactos significativos. Con la entrada de consumidores cada vez más pequeños, el potencial de daño se amplía.
Es en este contexto que la Unidad de Intercambio de Proveedores (SUI) adquiere centralidad. Funciona como un mecanismo de protección sistémica, garantizando la continuidad del suministro en caso de fallo de un proveedor. En un sector esencial como el eléctrico, esto no es un detalle regulatorio, sino una condición básica para que la apertura del mercado sea viable sin que los fallos de agentes individuales se transformen en crisis de mayor escala.
La existencia de este tipo de protección, sin embargo, conlleva un efecto secundario inevitable: el concepto económico conocido como riesgo moral . Este concepto describe la situación en la que una persona o empresa termina asumiendo más riesgos porque no asume plenamente las consecuencias de dichos riesgos.
En el sistema financiero, el ejemplo es bien conocido. La existencia del FGC (Fondo de Garantía de Crédito) puede inducir a los inversores a elegir inversiones basándose únicamente en la mayor rentabilidad, ignorando por completo la solidez del banco emisor, bajo la premisa de que el fondo garantizará el reembolso en caso de quiebra.
El reciente episodio del Banco Master dejó claro que ese comportamiento tiene costos significativos para todo el sistema y que discusiones sobre compartir esos riesgos con el inversor, similar a lo que ya ocurre con la limitación de la cobertura del FGC a R$ 250.000 por CPF por institución financiera, pueden ser cada vez más beneficiosas para frenar tales eventos.
En el sector eléctrico, el riesgo es similar. Por ello, mientras la Aneel regula la existencia del SUI (Sistema de Información de Proveedores), lo cual debería ocurrir en los próximos meses, es importante que este acuerdo no genere la tentación de contratar siempre la oferta más económica, sin tomar en cuenta la solvencia, la gobernanza y la disciplina de riesgo del proveedor.
En un mercado como el energético, tratar al SUI (Instrumento Adecuado para la Inversión) como un “seguro implícito” incorporado al precio sería repetir errores conocidos, pero a mayor escala.
Reconocer este riesgo, sin embargo, no significa cuestionar la existencia de la Unidad de Inhibición de la Supervivencia (UIS). La analogía es simple: un cinturón de seguridad puede alterar el comportamiento del conductor, pero nadie sugiere quitárselo. Su propósito es reducir el daño cuando algo sale mal, no legitimar la imprudencia.
Pero la experiencia del sistema financiero nos enseña una lección clara: el seguro no sustituye la debida diligencia. El precio importa, pero no puede ser el único criterio para elegir un banco. Así como no es racional invertir siempre en el banco de desarrollo con la tasa más alta simplemente porque cuenta con un Fondo de Garantía de Depósitos (FGC), tampoco es una decisión óptima elegir la energía basándose exclusivamente en el precio más bajo, ignorando quién está al otro lado del contrato.
En última instancia, mecanismos como el FGC (Fondo de Garantía de Crédito) y la SUI (Institución Financiera Unificada) existen para proteger el sistema, no para justificar decisiones individuales mal informadas. La madurez del mercado implica necesariamente una combinación de protección institucional y decisiones responsables.
* Lucas Kok es socio y director de inteligencia de mercado en Armor Energia.